Informe GEI sobre Gases de Efecto Invernadero

Consultoría sostenibilidad para elaborar Informe GEI

Como consultoría en sostenibilidad, le ayudamos a elaborar el informe de Gases de Efecto Invernadero (GEI) según el Protocolo GEI siguiendo las siguientes fases:

  • Establecer el alcance del inventario. Le ayudamos a establecer el alcance del inventario, definiendo los límites de la organización y de las operaciones, determinando el alcance del Informe (alcance 1, 2 y 3).
  • Recopilación de datos. Le ayudamos a recopilar los datos de activvidad que necesita para elaborar el Informe GEI, como consumo de combustibles, electricidad y desplazamientos.
  • Establecimiento y aplicación de factores de emisión. Debemos aplicar los factores de emisión que más se adapten a nuestro caso. Aplicando los factores de emisión convertimos los consumos en toneladas de CO₂ y GEI equivalente. 
  • Calculo de las emisiones. Los resultados deben ser comparables con otros informes. 
  • Elaboración del «informe GEI», alineado con estándares como el GHG Protocol o la ISO 14064.
  • Verificación del informe GEI por una certificadora ISO. Le ayudamos a escoger la certificadora que le aporte más valor. Con la verificación se garantiza la precisión y coherencia del informe. Facilita su comunicación, seguimiento y mejora continua.

Beneficios del Informe GEI

Beneficios de la transparencia con un «informe GEI» sobre Gases de Efecto Invernadero y Huella de Carbono, de acuerdo con el «Protocolo GHG» o la «ISO 14064»:

Transparencia y responsabilidad sobre el cambio climático

La norma fomenta la transparencia al medir las emisiones de GEI de forma uniforme. Podemos comparar las emisiones entre diferentes emisiones. Ayuda a ser más responsables respecto a su impacto en el cambio climático. Publicar un informe de GEI muestra un compromiso con la transparencia y la sostenibilidad de acuerdo con Ecovadis, SMETA y los ODS.

Ayuda a las organizaciones a cumplir con los requisitos legales y no legales que exigen a las empresas monitorear y reportar sus emisiones. Por ejemplo ayuda a evidenciar la mejora continua ambiental de un certificado ISO 14001 o una verificación EMAS.

El informe GEI facilita la identificación de las acciones de reducción de GEI, lo que puede llevar a una gestión más eficiente y ahorros de costes. Ayuda a alinearse con la sostenibilidad y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente en la lucha contra el cambio climático.

Realizar y comunicar el «Informe GEI» según el Protocolo GHG o ISO 14064, mejora la imagen de marca y la reputación. Da una ventaja competitiva en un mercado que valora la sostenibilidad y la responsabilidad social. Demuestra un compromiso la ambientalización y con el bienestar de la comunidad. Fortalece la relación con stakeholders clave.

Requisitos de ISO 14064 y protocolo GHG

La norma ISO 14064 establece los principios para medir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Para calcular los GEI y la huella de carbono, según ISO 14064, debe seguir los siguientes pasos:

Alcance y límites del "informe GEI" y huella de carbono

La organización debe definir el alcance de su inventario de GEI, incluyendo las fuentes, los gases y las actividades que se incluirán en el informe. Debe tenerse en cuenta que no se vaya a realizar una doble contabilidad de emisiones de gases.

Los factores de conversión convierten consumos con emisiones. Los factores de emisión deben ser creíbles y contrastados por organismos internacionales o el propio fabricante de las fuentes que provocan las emisiones. De ésta forma es más fácil comparar datos entre las diversas organizaciones.

Recogida de datos vinculadas con las fuentes que provocan emisiones. Los datos se recogen según el alcance del certificado:

  • Alcance 1. Emisiones directas. Destacan las emisiones por combustible quemado en equipos estacionarios fijos; provenientes de combustible móvil; emisiones fugitivas directas.
  • Alcance 2. Emisiones indirectas. Destacan las provocadas por consumos eléctricos externos.
  • Alcance 3. Emisiones indirectas. Destacan las provocadas por los productos comprados, viajes de negocios o residuos generados.

La norma establece requisitos para la medición y cálculo de las emisiones y remociones de GEI. Incluye los métodos de medición y las fuentes de datos.

El informe facilita identificar riesgos asociados con el cambio climático. Facilita la reducción de la huella de carbono y GEI que provocan el cambio climático.

Un mejor uso de la energía implica un aumento de la eficiencia energética y de reducción de costes. Está vinculado con el certificado ISO 14001 o EMAS.

Verificación de las emisiones de GEI por una certificadora ISO independiente que constan en el «Informe GEI». Garantiza la precisión y la integridad de los datos.

FAQs Informe GEI

A continuación se presenta un listado de las preguntas frecuentes que se plantean con referencia al informe GEI:

¿Quien puede hacer un Informe GEI?

El Informe GEI y de huella de carbono de acuerdo con el Protocolo GHG o ISO 14064,  aplica a todo tipos de organizaciones vinculadas a la emisión de GEI, como empresas, gobiernos y otras organizaciones para contabilizar sus emisiones de GEI de manera transparente y precisa.

Para verificar un informe de Gases de Efecto Invernadero (GEI),  se siguen normas que garantizan la transparencia, exactitud y coherencia de los datos reportados. Las principales son:

  • Protocolo GHG: Proporciona estándares para medir, gestionar y reportar las emisiones de GEI. Permite la verificación de informes de alcance 2 o 3.
  • ISO 14064: Define los principios y requisitos para la cuantificación y reporte de emisiones y remociones de GEI. Sólo permite verificaciones de alcance 3.
  • Estrategia de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV): Normas que definen cómo medir, reportar y verificar las emisiones de GEI en programas o proyectos específicos.

Estas normas garantizan que los informes de GEI sean fiables, comparables y consistentes con las prácticas internacionales.

El alcance de un informe de Gases de Efecto Invernadero (GEI) se establece, de acuerdo con los criterios siguientes:

  1. Límites de la empresa. Puede definirse según un «Enfoque de control» o un «Enfoque de participación accionaria».
  2. Definición de las actividades y localidades a incluir en el Informe. Además, se deberá tener en cuenta el alcance del Informe:
    • Alcance 1: Emisiones directas de GEI que provienen de fuentes controladas por la organización.
    • Alcance 2: Emisiones indirectas de GEI asociadas al consumo de electricidad, calor o vapor comprado.
    • Alcance 3: Otras emisiones indirectas, que incluyen toda la cadena de valor. Este es el alcance más amplio y complejo de medir.

En el informe se deben explicitar las exclusiones de actividades, áreas geográficas o categorías de emisiones (como el alcance 3) debe ser justificada y explicada claramente.

La diferencia entre los alcances es aquellas emisiones que se incluyen en el Informe GEI. Los informes GEI (Gases de Efecto Invernadero) se dividen en tres alcances:

  • Alcance 1, emisiones directas de fuentes propias;
  • Alcance 2, emisiones indirectas por consumo de energía comprada; y
  • Alcance 3, otras emisiones indirectas de la cadena de valor.

Los cambios estructurales relacionados a la incorporación o transferencia de actividades y procesos a otras empresas (insourcing/ outsourcing) no implican un recálculo de las emisiones del año base si la empresa ya reporta sus emisiones indirectas relacionadas con tales actividades y procesos.

La incorporación o transferencia de actividades que varíe significativamente emisiones entre el alcance 1 y el alcance 3, cuando las emisiones de alcance 3 no son reportadas, sí implica un recálculo de las emisiones del año base (por ejemplo, si la empresa transfiere a otra el transporte de mercancías).

Para una verificación externa del inventario de emisiones, se requieren datos de las diferentes fuentes de emisión como consumos energéticos, factores de emisión, registros de producción, inventarios de combustibles, datos de transporte, metodologías aplicadas y cálculos detallados.

Las emisiones indirectas de GEI son emisiones consecuencia de las actividades de la empresa, pero que ocurren en fuentes que son propiedad de o están controladas por otra empresa. En el caso de alcance 1 y 2 sólo debe tener en cuenta las emisiones indirectas fruto de la generación eléctrica.

Lo que se clasifica como emisiones directas e indirectas depende del enfoque de consolidación (participación accionaria o control) seleccionado para determinar los límites de la organización.

Para un seguimiento consistente de las emisiones a lo largo del tiempo, puede ser necesario recalcular las emisiones del año base, en la medida en que las empresas experimenten cambios estructurales importantes como adquisiciones, fusiones y desinversiones.

Es importante tener calculadas las emisiones del año base, para poder comparar de forma significativa y consistente las emisiones a través del tiempo.

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